En plenas vacaciones de verano, el paro general del próximo miércoles 24 de enero convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT) en rechazo al DNU y la ley ómnibus que el presidente Javier Milei envió al Congreso genera incertidumbre en los viajeros.
Quienes tienen que viajar ese día -sea por la Argentina o al exterior- no tienen claro si sus vuelos van a concretarse y menos si lo harán en el horario pautado.
Los gremios del sector aeronáutico ya anunciaron que se plegarán al paro, cuestión que afectará la operativa de vuelos y aeropuertos a nivel nacional.
La semana pasada, por ejemplo, la Asociación del Personal Técnico Aeronáutico (APTA) anunció que “paralizará sus tareas desde las 12 hs hasta las 24 hs” y convocó a los trabajadores a la movilización.
Por su parte, la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) publicó en sus redes: “APA llama al paro el 24 de enero contra DNU 70/23 y Ley Ómnibus que amenazan derechos laborales y privatización de nuestras empresas”.
Qué ofrecen las aerolíneas frente al paro del 24 de enero
En general, las aerolíneas han comenzado a enviar notificaciones a sus pasajeros. Muchas de ellas ya están reprogramando sus vuelos y también ofrecen diferentes opciones, como cambios para volar otro día (dentro de un lapso determinado) o devoluciones, sin costo.
La recomendación general es contactarse con la aerolínea, en caso de haber comprado directamente, o con la agencia de viajes.
Desde Aerolíneas Argentinas, con vuelos de cabotaje e internacionales, aseguran que “se están cancelando vuelos ya desde el viernes (19 de enero) y otros se están reprogramando fuera del horario del paro”. Señalan, además, que los pasajeros están recibiendo las notificaciones. Y que los cambios que se gestionen para volar dentro de los próximos 15 días son sin cargo.
Al ingresar hoy en la web de Aerolíneas, lo primero que se ve es la opción “Chequeá el estado de tu vuelo / Modificá tu reserva”.
Por su parte, en Iberia tomaron la decisión de emitir una flexibilización para los clientes que tengan vuelos ese día para que -aunque su vuelo siga operando- puedan cambiar sus planes de viaje si así quisieran, y sin costo.
Esta “flexibilización” de la compañía española aplica para los tickets emitidos hasta el 21 de enero de 2024, y se pueden realizar cambios para volar entre el 20 de enero y el 5 de febrero.
De todos modos aclaran que “no hemos cancelado vuelos” (de hecho, tienen dos vuelos el 24/1 entre Buenos Aires y Madrid), y “esperamos poder mantener la operación en la medida de lo posible”.
En el caso de KLM, decidieron cancelar los vuelos KL701 (Amsterdam-Buenos Aires – Santiago de Chile) y el KL702 (Santiago de Chile- Buenos Aires – Amsterdam) el 23 de enero.
El vuelo de Air France (AF441) del 23 de enero sigue programado tal como estaba previsto.
El comunicado del grupo LATAM señala que ese día “se podrían registrar demoras y/o cancelaciones en vuelos desde y hacia Argentina”.
Sus alternativas para los pasajeros contemplan cambios de fecha/vuelos (sin penalidad, para una nueva fecha hasta 15 días después de la fecha original) o devoluciones (sin multa).
En el caso de los viajes a Estados Unidos, American Airlines considera que el paro no tendrá impacto y estarán operando todos sus vuelos.
El caso de Copa Airlines es muy particular porque ya venía con cancelaciones de vuelos por la retirada de aviones Boeing 737 MAX9 (21 aviones en su caso) tras el accidente de Alaska Air. Por lo tanto, la aerolínea ya se encuentra en un proceso de reprogramaciones y cambios.
Puntualmente para el 24 de enero, señalan que todos los vuelos desde Rosario, Mendoza y Córdoba están cancelados. Desde Buenos Aires (Ezeiza), solo operará un vuelo que saldrá el 23 de enero a las 23.
Reprogramaciones, cancelaciones y lo que marca la ley
Una de las modificaciones que introduc el DNU en el Código Aerocomercial es declarar al transporte aerocomercial como servicio esencial, cuestión que limitaría la posibilidad de paralizar la actividad con una medida de fuerza. Así se puede leer en el artículo 182.
Pero por ahora, la historia es otra.
“La normativa específica aerocomercial nada dice expresamente respecto del tema huelgas. Por lo tanto muchos lo incluyen como casos de fuerza mayor (circunstancia exterior, imprevisible o inevitable que afecta el cumplimiento de obligaciones)”, señala el abogado Santiago Aramburu, especialista en Derecho del Turismo.
En el caso de la normativa europea, añade el experto, se lo menciona “como un caso excluyente de la responsabilidad de las líneas aéreas”.
Más allá de lo que diga la ley, Aramburu explica que, en general, las líneas aéreas suelen permitir que sus pasajeros reprogramen sin costo.
¿Qué pasa si el pasajero no puede viajar en la nueva fecha propuesta?
“Pueden solicitar la devolución por el servicio abonado y no utilizado; sin embargo no podrá solicitar una compensación”, responde Aramburu y acá hacen una aclaración: hay fallos que rompen con esta regla siempre que se den dos cuestiones: que la huelga o paro sea de empleados de la línea aérea involucrada y, en segundo lugar, que habiendo cumplido con todos los pasos para ejercer el derecho de huelga de los empleados, la empresa no haya avisado a los pasajeros.